La «burundanga y ácido del diablo» tienen categoría penal: Su uso se penaliza
La «burundanga y ácido del diablo» tienen categoría penal: Su uso se penaliza
La entrada en vigencia de la ley 74-25 que crea el Nuevo Código Penal concretiza gramaticalmente numerosas conductas prohibidas que en la práctica eran designadas con nombres coloquiales por el común sin estar ubicada como delito (hoy infracción). El libro segundo del Código Penal organiza las conductas penales que buscan proteger el bien jurídico de la vida, llamada también como infracciones contra las personas.
Puntos clave
- Dentro de las infracciones que protegen el desarrollo de la vida del individuo y de la sociedad que trae el nuevo código se encuentra el “ácido del diablo y la burundanga”.
- Ambas prohibiciones se encuentran tipificadas en los artículos 103 y 104 del CP.
- El “ácido del diablo” en el viejo código penal se sancionaba como homicidio, heridas y golpes voluntarios, art.
- 309.
Contexto adicional
Mientras que el uso de la “burundanga” en el viejo código penal no estaba penalizada. La novedad es que ya la “burundanga” como categoría penal, su uso afectivo tiene sanciones penales. El “ácido del diablo y la burundanga” llamada así por la sociedad, el nuevo código denomina la primera con el nombre de “daños por sustancias químicas” y la segunda con el nombre de “daños por aplicación de sustancias químicas”.
Nota: este resumen se generó en modo local (sin IA externa), por lo que solo reorganiza un extracto breve de la fuente en vez de reescribir el artículo completo. Para un artículo más extenso y totalmente reescrito con otras palabras, configura una clave de Claude, OpenAI o Gemini en Ajustes.
Información basada en una publicación original de El Nuevo Diario (República Dominicana).